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La realidad de las personas con discapacidad intelectual ante la justicia: «Sufren indefensión en los procesos judiciales»

Leemos en Discapacidad la siguiente noticia que os reproducimos de forma íntegra:

Hace unas semanas saltó la noticia de que la ONU, concretamente, el Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad emitió un dictamen en el que condenaba al Estado español por vulnerar el igual acceso a la Justicia de las personas con discapacidad intelectual.

Esta condena tuvo lugar tras una denuncia de Plena Inclusión España, que observó que un preso con discapacidad intelectual condenado en 2015 a 25 años no había tenido un juicio con en condiciones de igualdad.

La denuncia tuvo lugar en 2019, tras observar que, como ocurre a menudo en otros procesos, la justicia no le había ofrecido todas las garantías, «en Plena Inclusión tenemos un programa de atención a personas reclusas, y en un estudio que hicimos observamos que las personas con discapacidad intelectual sufren indefensión en los procesos judiciales porque no saben lo que está ocurriendo o no sabían cómo utilizar sus derechos», explica Inés de Araoz, que es la coordinadora del Área Jurídica de Plena inclusión España.

Era en prisión donde detectaban que tenían discapacidad

Y lo que observaron fue que, por un lado, muchas veces las personas con discapacidad intelectual pasan desapercibidas por los procedimientos, es decir, «no se daban cuenta de que tenían discapacidad y era en prisión donde detectaban que tenían discapacidad«.

Otras veces, como fue este caso, «se sabía que tenía discapacidad, pero no se le ponía ningún medio para que entendiera el procedimiento. Solo al final, para ver si esta discapacidad suponía un atenuante o eximente, pero la Convención los Derechos de las Personas con Discapacidad, firmada por España en 2007, dice claramente que las personas tienen derecho a participar en los procedimientos y tienen que comprender lo que ocurre, por qué están siendo juzgadas, a conocer los mecanismos de defensa… a tener una tutela judicial efectiva y una igualdad con el resto de las partes».

Esto, según observó Plena Inclusión, no ocurrió en este caso, que decidieron denunciar.

Condenado a 25 años sin ejercer su derecho a la defensa

La denuncia se basaba en que una persona con una discapacidad intelectual del 73%, previamente reconocida, fue condenada sin que en ningún momento se le facilitaran los ajustes de procedimiento necesarios para garantizar su derecho de defensa y a un juicio justo.

A pesar de ser una persona con un porcentaje de discapacidad muy elevado, ni la policía al detenerle ni el juzgado al prestar declaración se dieron cuenta de ello y, por tanto, no pusieron los medios para hacerle comprensible el proceso, «vimos que era una persona que había sido condenada a 25 años y que tenía unas necesidades de apoyo muy elevadas, pues tenía problemas de comprensión, no entendía el lenguaje legal ni lo que decía el abogado… No poner apoyos para que entendiera el proceso vulneraba varios artículos de la Convención», explica Inés de Araoz.

No poner apoyos para que entienda el proceso vulneraba la Convención los Derechos de las Personas con Discapacidad

Fue entonces cuando iniciaron el proceso, «la iniciamos conjuntamente con la Universidad Carlos III y, aunque tardaron bastante en obtener una resolución del Comité, nos dieron la razón porque vieron que, efectivamente, esta persona no había sido juzgado con todas las garantías, y concluyeron que España habia vulnerado el artículo 13 y el 9″.

El Comité de la ONU lo expone claramente y concluye que «tanto los jueces como la fiscalía deberían haber actuado de oficio y con la debida diligencia en cuanto se percataron de la discapacidad del autor».

Sigue en prisión, pero el Comité ‘tira de las orejas’ a España

Además de resolver que se actuó de manera contraria a la Convención, el Comité hizo una serie de recomendaciones a España para que no vuelva a ocurrir y condena a indemnizar a la persona afectada «primero, de reparación a la persona con discapacidad y una económica, por los gastos que ha afrontado hasta llegar al Comité. Pero lo más importante de esta resolución es que pide una garantía de no repetición y recuerda al Estado que tiene la obligación de ofrecer a todas las personas un juicio con todas las garantías, asegurando que el acusado disponga de los ajustes procedimentales y apoyos necesarios conforme a la presente decisión y a la Convención de Derechos de las Personas con Discapacidad. Esto implica, garantizar que no le va a pasar a otra persona y propone cambios legislativos y formación para que los profesionales sepan qué hacer», añade Araoz.

Esto no implica, ni mucho menos, que se vaya a repetir el juicio o que el condenado salga a la calle, pero podrá beneficiar a otros condenados en el futuro, «le dijimos que lo más probable es que no afectara a la condena, pero quiso igualmente porque no quería que le pasara a otra persona«, cuenta la abogada.

El condenado, de hecho, sigue cumpliendo condena, porque no era la intención de Plena Inclusión minimizar ni justificar los hechos por los que los condenaron, que son muy graves, «nosotros siempre hemos dejado claro que no debatimos el fondo del asunto, hay que tener respecto las víctimas y las familias, que tambien tienen derecho a su reparación. Nosotros solo queremos que en los juicios se garanticen los derechos procesales de las personas con discapacidad», insiste.

También insisten en que es necesario que se pongan todos los medios necesarios para que se garantice que los procesos que atañen a las personas con discapacidad, se lleven a cabo con todas las garantías, «hasta ahora, se han puesto medio para personas víctimas u ofendidas, pero no para las enjuiciadas o encausadas, que es lo vamos a pedir, que se regule un estatuto para el encausado con discapacidad, que es algo que llevamos pidiendo tiempo y que no se ha llegado a aprobar»

«Hay que cambiar legislación y políticas», insiste «para eliminar las barreras que experimentan las personas con discapacidad intelectual en el acceso a la justicia la participación de las personas con discapacidad en todos los procedimientos judiciales, en igualdad de condiciones. En este sentido, desde Plena inclusión llevamos años defendiendo que se extienda y dote con los fondos necesarios a la figura del facilitador judicial».

Fuente: Discapacidad https://www.20minutos.es/noticia/5644014/0/realidad-las-personas-con-discapacidad-intelectual-ante-justicia-sufren-indefension-los-procesos-judiciales/

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