Leemos en Discapacidad la siguiente noticia que os reproducimos de forma íntegra:
Dentro de las cuatro incapacidades permanentes que puede conceder la Seguridad Social a los trabajadores, una de las que más ‘incapacita’ es la incapacidad permanente absoluta, que se concede en aquellos casos en los que la Seguridad Social considera que no se puede realizar ningún tipo de trabajo, «te imposibilita para trabajar en cualquier profesión», explica el abogado Pedro López.
A este respecto, el Tribunal Supremo se pronunció hace unos meses y dejó claro que este tipo de incapacidad es incompatible con cualquier trabajo, pues, hasta entonces, «se hablaba de trabajos residuales, de trabajos marginales, pero hoy ya el Supremo ha determinado que no se puede compatibilizar con ningún tipo de trabajo que conlleve el alta en la Seguridad Social».
Esta prohibición se basa en que el reconocimiento de esta incapacidad da derecho a una pensión con un 100% de la base reguladora, «una pensión que se calcula en función de determinados parámetros, como la base de cotización, los años cotizados, y la edad que tengas», explica López.
Si se da el caso de que una persona con la Incapacidad permanente absoluta está realizando algún tipo de trabajo, Pedro López recomienda consultar al INSS, pues es probable que, en algún momento pueda reclamarte para, o bien retirarte la pensión o bien para solicitar una revisión de esta incapacidad por considerar que, si estás trabajando, es que ha habido una mejoría.
Para resolver dudas sobre pensiones, Seguridad social o cualquier otra duda legal relacionada con el mundo de la discapacidad, puedes mandar tus preguntas a través ‘Tododiscapacidad‘, el perfil especializado que Pedro López de Cerro ha creado en Instagram.
Fuente: Discapacidad https://www.20minutos.es/noticia/5644385/0/que-es-que-da-derecho-incapacidad-permanente-absoluta-te-imposibilita-para-trabajar-cualquier-profesion/

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