Leemos en Discapacidad la siguiente noticia que os reproducimos de forma íntegra:
Cuando me propuse escribir estas líneas, no sabía en calidad de qué hacerlo. Es tal la dimensión de esta tragedia, que cada noticia que salta en medios de comunicación o redes sociales (tergiversadas en su gran mayoría, cuando no faltas de absoluto rigor), invaden cualquier emoción que quiera o pueda controlar.
Y es que los seres humanos, somos seres emocionales, pero no debemos olvidar, que lo que precisamente nos diferencia del resto de animales, es nuestra capacidad de razonar.
Como profesional, debo ceñirme a la norma penal y a las leyes procesales y no obviar que el presunto autor del crimen del niño de Mocejón, se encuentra bajo el amparo de un derecho fundamental como lo es, la presunción de inocencia. Conviene dejar claro y recalcar, que una discapacidad psíquica ni exime de manera inmediata de la responsabilidad penal, ni convierte inimputable a la persona, ni es sinónimo de delincuencia, pero sí hay que valorar el grado de afectación de las facultades mentales del presunto autor en el momento del asesinato (causa por la que, de manera provisional, la instructora encargada de la investigación ha decretado la prisión provisional como medida cautelar).
El dilema de esta instrucción no está en encajar la descripción de los hechos en el tipo penal del asesinato contemplado en el artículo 139, y añadir el agravante del 140.1,1ª víctima menor de dieciséis años, lo que conlleva que el delito esté castigado con prisión permanente revisable, el debate se centra en si la alteración psíquica que padece el presunto autor anuló la capacidad de comprender la ilicitud de lo que estaba haciendo, o si esa alteración no tiene la suficiente intensidad como para anular su capacidad psíquica. En el primero de los casos, quedaría exento de responsabilidad criminal a tenor de lo dispuesto en el artículo 20.1 de nuestro Código Penal, sustituyendo la pena que lleva aparejada el delito por las medidas de seguridad contempladas en los preceptos 101 y siguientes del mismo cuerpo normativo. Sin embargo, en el segundo de los escenarios que se dibujan, se aplicaría la atenuación prevista en el artículo 21.1, lo que supondría una rebaja de la pena que lleva aparejada el delito antes enunciado.
Y si es delicado el juego de las circunstancias que modifican la responsabilidad penal, no menos lo es el caso de que se haya que rebajar la prisión permanente revisable con una sola causa de atenuación, por lo que habría que buscar una segunda para evadir la prisión permanente revisable.
Si pudiera quedarme en ese plano profesional, habría cerrado el ordenador tras redactar estas (resumidas) líneas describiendo lo que a cualquier penalista o docente de esa materia como yo le gusta explicar a sus pupilos, ya que parecen entender mejor la materia cuando se les enseña con ejemplos.
Pero no puedo permitir que tras esta desgracia los colectivos y las personas que trabajamos día a día con la discapacidad, consintamos que se boicotee la inmensa labor que venimos haciendo y que ha permitido avanzar en el reconocimiento de derechos en el ámbito de la discapacidad y la dependencia, porque como una vez escuché decir a una querida y admirada magistrada y que me voy a permitir con su permiso adaptar a la situación, “la discapacidad, duele” (la frase original sería la democracia duele, la democracia tiene que escocer, así me dedicó su libro), pero es que es tan cierto, la discapacidad duele. Y no hablo en sentido literal del padecimiento, sino de los sentimientos encontrados que provoca que por ejemplo se haya alcanzado a reformar nuestro artículo 49 de la Constitución, y aún haya sectores profesionales que hablen de discapacitados, minusválidos y no de personas con discapacidad.
Que la salud mental en España debería ser una prioridad, es incuestionable, datos además confirman que en los jóvenes se han incrementado los casos en los que sufren algún problema relacionado con la salud mental o el comportamiento, pero ¿qué hay de la educación en valores, de saber afrontar como seres humanos que nuestro vecino padece ansiedad, nuestra madre depresión o que al hijo de nuestro mejor amigo le acaban de diagnosticar un trastorno de la personalidad? A las personas con discapacidad, se les atribuían conductas antisociales, se les juzgaba y tachaba de diferentes, se les llegaba a considerar incluso peligrosos. Sí, ésa ha sido la realidad, pero antes son víctimas por su vulnerabilidad, que verdugos por su discapacidad.
La discapacidad intelectual de mi hermana me abrió el alma y desordenó mi vida, muestro lo bueno y lo duro que es, huyo de aquellos que se piensan que no les “tocará a ellos”, que la miran de reojo, que dan discursos vacíos o que se adueñan de banderas que no les corresponden.
Y esto también pasará, lo de Mocejón también pasará, porque el ser humano necesita olvidar las cosas para sobrevivir, así que tú decides, sólo has de preguntarte si vives o sobrevives, yo lo tengo claro.
Fuente: Discapacidad https://www.20minutos.es/noticia/5624335/0/mocejon-sentido-sensibilidad/

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