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Empieza el plazo para solicitar las becas para los alumnos con necesidades especiales: estos son los requisitos

Leemos en Discapacidad la siguiente noticia que os reproducimos de forma íntegra:

Desde el 30 de abril y hasta el 13 de septiembre de 2024, las familias interesadas en pedir las ayudas para el alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo ya pueden presentar la solicitud en su centro educativo.

Entre las novedades, la rebaja del porcentaje de discapacidad del 33 % al 25 % para poder optar a estas ayudas de estudio, la elevación de los umbrales de renta para acceder a las becas o el incremento de alguna partida. Por otro lado, se mantiene la ayuda adicional y universal de 400 euros que se introdujo la anterior convocatoria.

Con estos requisitos se espera que este año el número de solicitudes se incremente en unas 20.000 y que los subsidios lleguen a unos 250.000 alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo.

¿Qué alumnos pueden solicitar la beca?

Podrán acceder a las becas y subsidios para alumnos con especiales necesidades de apoyo educativo, los solicitantes tienen que cumplir una serie de requisitos:

En primer lugar, tienen que cursar alguna de estas etapas educativas:

• Segundo ciclo de Educación Infantil (Salvo alumnos con altas capacidades).

• Educación Primaria.

• Educación Secundaria Obligatoria (ESO).

Bachillerato.

Ciclos formativos de Grado Medio y de Grado Superior.

Enseñanzas Artísticas superiores.

• Ciclos formativos de Grado Básico.

• Programas de formación para la transición a la vida adulta.

Formación Profesional (Salvo alumnos con altas capacidades).

Pueden acceder a ellas los alumnos que cursan los estudios en un centro ordinario, en centro específico de educación especial o en un centro ordinario que tenga unidades de educación especial.

Además de cursar alguno de estos estudios, tienen que cumplir alguna de estas características:

• Haber cumplido 2 años o más a 31 de diciembre de 2023.

• En caso de ser alumnos con altas capacidades, tener 6 años o más a 31 de diciembre de 2024.

•Una discapacidad reconocida de al menos un 25%.

• Un trastorno grave de la comunicación y el lenguaje asociado a necesidades educativas especiales.

• Trastorno grave de conducta.

• Estar dentro del trastorno de espectro autista (TEA).

Altas capacidades intelectuales.

A cuántos ascienden las ayudas en cada concepto

Las cuantías máximas que pueden conseguirse con cada partida son similares a las de años anteriores, y son las siguientes.

• Ayuda de enseñanza, para estudiantes en centros privados no concertados: hasta 862

• Ayuda o subsidio de transporte escolar, para aquellos alumnos que estudien en una localidad distinta a la que reside: hasta 617

• Ayuda o subsidio de comedor escolar: hasta 574

• Ayuda de residencia escolar (no es compatible con la de transporte para fin de semana): hasta 1.795

• Ayuda para transporte de fin de semana, para alumnos internos en centros de educación especial. (Es incompatible con otras ayudas al transporte): hasta 442

• Ayuda para transporte urbano (es incompatible con otras ayudas al transporte): hasta 308

• Ayuda para libros y material didáctico: hasta 105 (o hasta 204 en ‘otros niveles educativos)

• Ayuda para reeducación pedagógica: hasta 913

• Ayuda para reeducación del lenguaje: hasta 913

Subsidio para gastos adicionales de carácter general asociados a la escolarización: 400

Las cuantías establecidas para las ayudas o subsidios de transporte se incrementarán hasta en un 50 por ciento cuando el alumnado presente una discapacidad motora reconocida superior al 65 por ciento. Además, no se concederán las ayudas arriba expuestas ni los subsidios para gastos de comedor escolar o transporte escolar cuando los gastos a los que atienden estén ya cubiertos por otros servicios o fondos públicos. En el nivel de Educación Infantil no se concederán ayudas para material escolar.

¿Qué nivel de renta hay que tener para acceder a las becas de necesidades especiales?

Para poder acceder a las becas, hay un umbral de renta, es decir, que la familia supera unos ingresos máximos (en 2023), no tendría acceso a las ayudas, aunque sí a algunos subsidios.

Tras varios años congelados, este año el umbral de renta familiar que hay que tener para poder acceder a las becas de necesidades especiales ha subido un 5%, y queda de la siguiente forma:

  • Familias de un miembro: 12.534 euros anuales.
  • Familias de dos miembros: 20.416 euros anuales.
  • Familias de tres miembros: 26.811 euros anuales.
  • Familias de cuatro miembros: 31.801 euros anuales.
  • Familias de cinco miembros: 36.089 euros anuales.
  • Familias de seis miembros: 40.229 euros anuales.
  • Familias de siete miembros: 44.143 euros anuales.
  • Familias de ocho miembros: 48.031 euros anuales.

A partir del octavo miembro se añadirán 3.856 euros por cada nuevo miembro computable de la familia.

No se tendrá en cuenta el umbral de renta en el caso de los subsidios que atienden a los gastos de comedor y transporte escolar si el alumno pertenece a una familia numerosa. Tampoco se atenderá al umbral de renta familiar para conceder el subsidio de cuantía fija para gastos adicionales de carácter general derivados de la escolarización de los alumnos y alumnas con necesidad específica de apoyo educativo.

Se espera que el incremento de los umbrales de renta en la convocatoria NEAE incremente el número de solicitudes en 7.875.

Además de los umbrales de renta, se tienen en cuenta otras situaciones que tampoco dan opción a beca, como:

•Los rendimientos netos del capital mobiliario más las ganancias patrimoniales de la unidad familiar, que no podrán superar los 1.700 euros durante el año 2023.

• Los valores catastrales de las propiedades inmobiliarias distintos de la vivienda habitual deberán ser inferiores a los límites establecidos en la convocatoria, que pueden consultarse en este enlace.

• Los ingresos procedentes de actividades económicas o participación en entidades superan los 155.500 euros durante 2023.

Cómo solicitar la beca y qué documentación hace falta

Para solicitar la beca, se tiene que presentar, junto con la solicitud, una determinada documentación, que dependerá del tipo de alumno:

Certificado de discapacidad igual o superior al 25% (Alumnos con discapacidad)

Certificado de un equipo de valoración y orientación de un centro base (Alumnos con trastorno grave de conducta, de la comunicación o del lenguaje)

• Certificado del equipo de orientación educativa y psicopedagógica (Alumnos con trastorno grave de conducta, de la comunicación, del lenguaje o TEA. También aquellos que soliciten ayudas para la reeducación pedagógica y/o del lenguaje)

Certificado médico de servicios de salud sostenidos con fondos públicos (Alumnos con TEA)

Certificado del inspector de zona para acreditar que necesitas estos tratamientos porque esta ayuda no la ofrece tu centro o porque no puedes matricularte en un centro en el que se preste (Alumnos que soliciten ayudas para la reeducación pedagógica y/o del lenguaje)

Memoria del centro donde vas a recibir la reeducación que informe sobre las características del tratamiento, su duración y el coste (Alumnos que soliciten ayudas para la reeducación pedagógica y/o del lenguaje).

Declaración responsable de la persona que va a impartir la reeducación. Debe acreditar que tiene la formación necesaria para ello (Alumnos que soliciten ayudas para la reeducación pedagógica y/o del lenguaje)

Para solicitarla, hay que entrar en la sede electrónica del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, darse de alta si es la primera vez, rellenar la solicitud, reunir la documentación anterior y entregarlo en el centro educativo donde se van a cursar los estudios antes del 13 de septiembre.

Fuente: Discapacidad https://www.20minutos.es/noticia/5239904/0/empieza-plazo-para-solicitar-las-becas-para-alumnos-con-necesidades-especiales-estos-son-los-requisitos-para-poder-acceder/

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