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Esto tienes que hacer si eres guardador de hecho de una persona con discapacidad para que el banco no bloquee las cuentas

Leemos en Discapacidad la siguiente noticia que os reproducimos de forma íntegra:

La Ley 8/2021, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica, eliminó la figura del tutor de legal de las personas con discapacidad para sustituirla por otras figuras como la curatela o el guardador de hecho, la figura más común.

Al entrar en vigor esta ley, hace tres años, algunas entidades bancarias la interpretaron mal y se produjeron una serie de ‘daños colaterales’ indeseados, como el bloqueo de cuentas bancarias de personas con discapacidad mayores de edad.

En este vídeo, el abogado Pedro López quiere dejar claro a todas las familias de personas con discapacidad que esto no puede ocurrir y da algunas claves para ‘curarnos en salud’ de cara a las entidades bancarias, “es ilegal”, asegura tajante, porque “si eres quien cuida y acompaña a tu hijo o a tu hija en esa toma de decisiones, eres el guardador de hecho, no necesitas ser tutor legal, no necesitas una autorización judicial, no necesitas una sentencia, ya eres ese guardador, ya eres esa persona que la acompaña, ya estás ejerciendo ese rol que nadie te explicó”, asegura.

¿La clave para el Banco? “Una declaración responsable de que tú eres el guardador. De hecho, con ello, el banco debe reconocerte ese apoyo legítimo que tú estás haciendo”. Con este simple gesto, “vas a poder operar con sus cuentas siempre que sean pequeñas cantidades de dinero. Todo dentro de la ley, respetando la voluntad de la persona con discapacidad”.

¿Cómo lo haces? “Presentando el libro de familia, el certificado de discapacidad y acreditando, que eres su padre o su madre. Y si hace falta hacemos un acta de notoriedad ante el notario donde se va a recoger esas medidas”.

Tomando estas pequeñas precauciones, el banco no podrá bloquear ni ponerte pegas a la hora de gestionar las cuentas de tu hijo, pues solo lo estás ayudando “en el ejercicio de su autonomía”.

Si tienes más dudas legales relacionadas con la discapacidad, puedes mandarlas a Tododiscapacidad, la cuenta en Instagram y Youtube que el abogado Pedro López dedica a resolver dudas de este tipo.

Fuente: Discapacidad https://www.20minutos.es/noticia/5714887/0/esto-tienes-que-hacer-si-eres-guardador-hecho-para-que-banco-no-bloquee-las-cuentas/

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