Top

Estos son los beneficios de la tarjeta o certificado de incapacidad permanente

Leemos en Discapacidad la siguiente noticia que os reproducimos de forma íntegra:

La incapacidad permanente es el reconocimiento administrativo que se otorga por parte de los sistemas de Seguridad Social de España a aquellos trabajadores que, tras sufrir una lesión o padecer una enfermedad, han partido una parte importante de su capacidad para poder trabajar de forma indefinida. Todos ellos tienen derecho a disponer de una tarjeta o certificado de incapacidad permanente ligada a prestaciones y pensiones contributivas del Instituto Nacional de la Seguridad Social.

Esta incapacidad, que se agrupa en cuatro grados -parcial, total, absoluta y gran invalidez- y debe ser concedida por el Tribunal Médico del Instituto Nacional de la Seguridad Social, que es el órgano que decide el grado de incapacidad de cada persona y, por tanto, la prestación económica que le corresponde.

Beneficios y prestaciones por cada tipo de incapacidad

  • La incapacidad permanente parcial

Esta incapacidad limita, pero no incapacita para hacer las funciones de tu puesto habitual, por lo que no da derecho a pensión, sino a una indemnización de 24 meses de tu base de cotización

  • La incapacidad permanente total

Esta incapacidad imposibilita para hacer las funciones básicas de tu puesto de trabajo. Sin embargo, no imposibilita para realizar otro trabajo compatible con las limitaciones del trabajador y, si el trabajador quiere, podría mantenerse en la empresa con las adaptaciones correspondientes.

Esta incapacidad da derecho a una pensión del 55% de tu base de cotización, en función de los años trabajados y de un 75% si tienes más de 55 años y no tienes trabajo.

  • La incapacidad permanente absoluta

Esta incapacidad imposibilita para trabajar en cualquier profesión y da derecho a una pensión del 100% de tu base de cotización y en función de los años trabajados. Eso sí, la pensión no es compatible con ningún tipo de trabajo.

  • La gran invalidez

Esta incapacidad imposibilita para trabajar en cualquier profesión y se concede a personas que, además de no poder trabajar, necesitan ayuda de una tercera persona para realizar funciones básicas

Da derecho a una pensión del 145% de tu base de cotización, el 45% de complemento para sufragar los gastos que supone depender de una tercera persona.

Fuente: Discapacidad https://www.20minutos.es/lainformacion/economia/los-beneficios-tarjeta-certificado-incapacidad-permamente-5675009/

Comments are closed.
Asociación Española Síndrome de Charge
Vista rápida sobre Privacidad

Este sitio web utiliza cookies. Las cookies son pequeños archivos de texto en los que los navegadores almacenan información durante las visites a las páginas web. En las cookies, se pueden recoger datos como la dirección IP, la dirección que se está visitando, el sistema operativo, el idioma de navegación, además de otra información. Esta información no queda asociada a ninguna persona en concreto sino que únicamente es información estadística para analizar la visibilidad de los distintos contenidos del sitio web.

A continuación, le ofrecemos información sobre qué cookies utiliza este sitio web así como de la forma de controlar su gestión y cómo eliminarlas completamente.

Cookies que utiliza este sitio web:

Este sitio web utiliza solamente una cookie de Google Anaylitics. Google Analytics es un servicio gratuito que ofrece Google Inc. y que recoge información sobre qué páginas del sitio web se han consultado, en qué momento, con qué navegador, etc. Posteriormente, esta información se envía a los servidores de Google Inc. a los Estados Unidos.

¿Cómo se pueden administrar las cookies en el navegador?

El usuario puede gestionar las cookies instaladas en su equipo mediante la configuración de las opciones de su navegador. A continuación le mostramos cómo puede cambiar la configuración de las opciones de las cookies en los principales navegadores del mercado para su versión de PC. En caso de que usted utilice otros navegadores o plataformas, por favor, consulte la documentación específica suministrada por la empresa desarrolladora del navegador. La información mostrada aquí para la configuración es para las versiones existentes en el momento de la confección de esta documentación. Es posible que las instrucciones difieran en futuras versiones de los navegadores. En este caso, por favor, consulte el correspondiente apartado de soporte de la empresa desarrolladora.

Para ajustar los permisos relacionados con las cookies en el navegador Google Chrome:

  • Clicar en el menú situado en la barra de herramientas.
  • Seleccionar Configuración.
  • Clicar en Mostrar opciones avanzadas.
  • En la sección Privacidad clicar en el botón Configuración de contenido.
  • En la sección Cookies se pueden configurar las opciones.

Más información sobre Google Chrome.

Para ajustar los permisos relacionados con las cookies en el navegador Mozilla Firefox:

  • En la parte superior de la ventana de Firefox clicar en el menú Herramientas.
  • Seleccionar Opciones.
  • Seleccionar el panel Privacidad.
  • En la opción Firefox podrá escoger Usar una configuración personalizada para el historial para configurar las opciones.

Más información sobre Mozilla Firefox.

Para ajustar los permisos relacionados con las cookies en el navegador Internet Explorer:

  • En la parte superior de la ventana de Internet Explorer clicar en el menú Herramientas.
  • Ir a la pestaña Seguridad y utilizar la opción Eliminar el historial de exploración para eliminar las cookies.

Más información sobre Internet Explorer.

Si usted bloquea el uso de cookies en su navegador es posible que algunos servicios o funcionalidades de la página web no estén disponibles.

Usted puede cambiar todas sus preferncias sobre las cookies navegando por las pestañas de la izquierda.