Leemos en Discapacidad la siguiente noticia que os reproducimos de forma íntegra:
¿Sabías que el complemento a mínimo de tu pensión puede cambiar si trabajas? Pedro López resuelve una pregunta muy común: ¿pueden descontarte parte de la pensión si superas ciertos ingresos?
La respuesta es sí, como advierte el abogado, «es posible y si es legal», y se explica porque «si nosotros cobramos una pensión que está por debajo de lo mínimo que establece el Estado, nos va a complementar esa cuantía. Pero esa cuantía, una vez que se llegue, va a estar sujeta a determinadas condiciones».
Estas condiciones son, sobre todo, no superar unos ingresos anuales, que en caso de este año 2024 es de 8.942 euros anuales, «si no superamos el umbral anual -que va cambiando cada año-, no se nos va a descontar la pensión. Ahora bien, si superamos el umbral anual, nosotros vamos a cobrar la pensión que generamos en su momento. Es decir, si yo tenía derecho a 500 euros de pensión y el Estado pone 1.000, el Estado me abona 500. Pero si supero el límite, el Estado simplemente me va a pagar por la pensión que tengo, por lo tanto, se quedaría en los 500 euros», explica.
Como conclusión, Pedro López recomienda que, cuando vayamos a trabajar teniendo incapacidad o una discapacidad, debemos ver la resolución del INNS por si tenemos algún ‘complemento a mínimo‘, que es lo que el Estado complementa a mínimo la pensión, «si es así, debemos ver cuál es la cuantía que vamos a cobrar a nivel anual, porque es posible que nos la quiten y perdamos dinero», advierte.
Para resolver dudas como esta, relacionadas con el mundo de la discapacidad y el derecho, es posible mandar preguntas a través ‘Tododiscapacidad’, el perfil que Pedro López de Cerro ha creado en Instagram.
Fuente: Discapacidad https://www.20minutos.es/noticia/5661442/0/cuanto-que-casos-se-puede-reducir-una-pension-por-discapacidad/

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