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Pensiones no contributivas, quién puede pedirlas: «Tienen que tener, al menos, un 65% de discapacidad»

Leemos en Discapacidad la siguiente noticia que os reproducimos de forma íntegra:

Además de las pensiones por incapacidad, de las que hablamos en este vídeo, que son pensiones contributivas, hay personas con discapacidad que pueden acceder a una pensión no contributiva, es decir, aquella pensión que se otorga a aquellas personas a pesar de no haber cotizado a la Seguridad Social o no haberlo hecho los años suficientes.

Para percibir una de estas pensiones, las personas con discapacidad tienen que cumplir una serie de requisitos, como explica el abogado Pedro López, «tienen que tener al menos 18 años y menos de 65 y tener, al menos un 65% de discapacidad reconocida, física, psíquica o sensorial».

Al ser una pensión no contributiva, se trata de una cuantía no muy elevada, concretamente, este 2024, de 7.250 euros anuales en 14 pagas, algo menos de 520 euros al mes.

Sin embargo, como señala Pedro López en Tododiscapacidad, esta cuantía podría ser hasta un 50% mayor si la persona tiene al menos un 75% de discapacidad reconocida, y se acredita «que se necesita una tercera persona para realizar las funciones básicas de la vida».

¿Se puede contabilizar esta pensión con un trabajo? López responde que sí, pero «siempre y cuando no se trate de un trabajo de más de cuatro años y que los ingresos de la persona trabajadora no superen los 14.450 euros anuales. Si los superara, el importe de la pensión se iría descontando en el exceso».

Además, para cobrar esta pensión, no solo se tienen en cuenta los ingresos de la persona con discapacidad, sino también de todos los miembros de la unidad familiar. De hecho, en función del número de miembros de la unidad familiar, este límite será uno u otro. Cuantos más miembros en una familia, mayor será el umbral de renta que no se podrá superar para cobrar esta pensión.

Por este motivo, Pedro López advierte de que cualquier cambio en la unidad familiar, tanto en cuanto al número de miembros como en los ingresos, debe ser comunicado, sino «podemos estar cobrando esta pensión no contributiva de manera indebida y nos pueden pedir incluso una devolución con los intereses correspondientes».

Para resolver dudas como esta, relacionadas con el mundo de la discapacidad y el derecho, es posible mandar preguntas a través ‘Tododiscapacidad‘, el perfil que Pedro López de Cerro ha creado en Instagram.

Fuente: Discapacidad https://www.20minutos.es/noticia/5656278/0/pensiones-no-contributivas-para-personas-con-discapacidad-quien-puede-pedirlas-tienen-que-tener-menos-un-65-discapacidad/

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