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Ventajas fiscales de la nueva Ley de Mecenazgo para personas jurídicas

Leemos en Menudos Corazones la siguiente noticia que os reproducimos de forma íntegra:

Hace unos meses, el Real Decreto-ley 6/2023 introdujo medidas para incentivar el mecenazgo, reconocidas en la Ley 49/2002. Una parte significativa de estas medidas afectan a personas jurídicas y, dado que el respaldo empresarial es fundamental para la sostenibilidad de nuestros programas, os traemos las principales novedades para estas entidades.

Ahora, ayudar a Menudos Corazones, le costará menos a tu organización.

Incremento en el importe a deducir

  • Mejora del porcentaje de deducción: Se ha incrementando el importe a deducir en el Impuesto de Sociedades, del 35% al 40%.
  • Favorece las donaciones recurrentes: Aumentando el porcentaje a deducir del 40% al 50%. ¿Qué se considera recurrente? Que tu empresa haya donado, de forma reiterada, en los últimos 3 años (antes eran 4 años) a una misma entidad un donativo por importe igual o superior.
  • Aumento del límite de la base imponible: Antes era el 10% y se ha aumentado al 15%.

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Tipos de donaciones deducibles

También se han hecho algunas aclaraciones en cuanto al tipo de donaciones deducibles:

  • Cesión de uso de bienes muebles e inmuebles: Tienen derecho a deducción la cesión de bienes muebles e inmuebles por un período de tiempo determinado y sin contraprestación. Siendo el importe deducible los gastos que soporte el donante por esta cesión, siempre que esos gastos sean deducibles y sin tener en cuenta tributos, intereses y otros gastos financieros.
  • Donación en especie y prestaciones de servicio: Siempre y cuando el servicio prestado esté relacionando con la actividad del donante. Por ejemplo, un despacho de abogados que presta asesoramiento legal a la Fundación.
  • Donativos con contraprestación simbólica: El donante podrá recibir bienes o servicios prestados por la Fundación de carácter simbólico a cambio de su donativo, siempre y cuando, el valor de estos bienes y servicios no represente más del 15% del valor del donativo y, en todo caso, no supere los 25.000 €.

Como ves, colaborar con Menudos Corazones ahora tiene más ventajas fiscales para tu empresa. Ponte en contacto con nosotros para desarrollar, conjuntamente, una propuesta adaptada a las necesidades y la cultura de tu organización. Cada empresa, una colaboración personalizada.

¡Entra a formar parte de nuestro corazón añadiendo un latido de solidaridad a tu empresa!

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Fuente: Menudos Corazones https://www.menudoscorazones.org/2024/ventajas-fiscales-de-la-nueva-ley-de-mecenazgo-para-personas-juridicas/

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