Top

Ya está abierta la convocatoria para solicitar las ayudas para el fomento de la autonomía de la Comunidad de Madrid

Leemos en 20MINUTOS.ES – Discapacidad la siguiente noticia que os reproducimos de forma íntegra:

Las personas con discapacidad física, intelectual o sensorial en situación de dificultad o vulnerabilidad social que residan en la Comunidad de Madrid ya pueden solicitar -y hasta el 3 de mayo- las ayudas para el fomento de la autonomía personal y la promoción de la accesibilidad.

Según explican en la web, existen dos ayudas distintas:

1.- Para la adquisición de productos de apoyo, no contemplados por el Sistema Nacional de Salud, que compensen los efectos de la discapacidad, favoreciendo su autonomía personal.

2.- Para desplazamientos con fines formativos y de inserción laboral, para adquisición de sillas de ruedas con motor eléctrico, únicamente en la tipología de scooter eléctrico, para adaptación o eliminación de barreras de vehículos a motor.

Qué requisitos hay que cumplir

Para acceder a la ayuda, los solicitantes tienen que cumplir una serie de requisitos:

– Tener una discapacidad física, intelectual o sensorial en situación de dificultad o vulnerabilidad social con un grado de discapacidad igual o superior al 33%.

Ser español u ostentar la condición de ciudadano de un estado miembro de la Unión Europea. En caso de ser extranjero, se estará a lo dispuesto en el artículo 10.2 de la Ley 11/2003, de 27 de marzo, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid.

– Estar empadronado en cualquiera de los municipios de la Comunidad de Madrid, con al menos 1 año continuado e inmediatamente anterior a la fecha de finalización del plazo de solicitud de la ayuda.

– Existir una relación directa entre la ayuda solicitada y la discapacidad reconocida oficialmente.

No tener más de 65 años el 31 de diciembre del año 2023.

Acreditar situación de dificultad o vulnerabilidad social, según la declaración establecida a tal efecto en el modelo anexo a esta convocatoria.

– No estar incurso en las causas de prohibición previstas en la normativa de subvenciones.

– Los ingresos de la unidad familiar, de la que forma parte el solicitante, no deben superar determinadas cuantías, en función del número de miembros que la integran y características particulares.

Requisitos específicos para acceder a las ayudas a la movilidad

Ayudas a la movilidad para desplazamientos en taxi o VTC:

– Ser persona con discapacidad física reconocida y baremo de movilidad positivo.

– No haber sido beneficiario de ayudas de carácter público para la adaptación de vehículo y/o eliminación de barreras, en los cinco años anteriores al de esta convocatoria.

– Haber realizado los desplazamientos exclusivamente dentro del ámbito geográfico de la Comunidad de Madrid.

Ayudas a la movilidad para adquisición de sillas de ruedas con motor eléctrico, únicamente en la tipología de scooter eléctrico o tecnología análoga:

– Ser persona con discapacidad física reconocida y baremo de movilidad positivo.

– No haber sido beneficiario, en los cinco años anteriores al de esta convocatoria, de ayudas de carácter público para la misma finalidad.

Ayudas a la movilidad para adaptación de vehículo a motor:

– Ser persona con discapacidad física reconocida.

– Ser titular el solicitante del correspondiente permiso de conducir, en el que conste la adaptación que precise.

– Ostentar la persona con discapacidad la titularidad del vehículo.

– No haber sido beneficiario en los cinco años anteriores al de esta convocatoria, de ayudas de carácter público para la misma finalidad y/o para la eliminación de barreras de vehículos.

Ayudas a la movilidad para eliminación de barreras en vehículos a motor:

– Ser persona con discapacidad física reconocida y baremo de movilidad positivo.

– Ostentar la titularidad del vehículo la persona con discapacidad, o un miembro de la unidad familiar.

– No haber sido beneficiario el solicitante, en los cinco años anteriores al de esta convocatoria, de ayudas de carácter público para el mismo concepto y/o para adaptación de vehículo a motor.

Requisitos adicionales para la adquisición de productos de apoyo

Productos como comunicadores, ordenadores personales, dispositivos electrónicos portátiles (en lo sucesivo tableta) o dispositivos de comunicación electrónica alternativa y aumentativa (CAA). Optarán aquellas personas con discapacidad que presenten problemas específicos de comunicación y/o problemas asociados a un déficit visual, y/o auditivo diagnosticado. También problemas específicos de movilidad reducida reconocida. Además, tendrán que utilizar este tipo de dispositivos como apoyo técnico necesario para la discapacidad que presenta y estar prescrito por el profesional que realiza el seguimiento de las limitaciones derivadas de la discapacidad que presenta el solicitante. Tampoco podrán haber sido beneficiarios, en los cinco años anteriores al de esta convocatoria.

Ayudas para la adquisición de audífonos

– Tener más de 27 años-

– No haber sido beneficiario en los tres años anteriores al de esta convocatoria, de ayudas de carácter público para la adquisición de audífonos.

Ayudas para la adquisición de Instalación y/u obras de sistema de alarma para la vivienda habitual del solicitante con discapacidad auditiva, mediante un sistema de indicador luminoso de llamadas o avisadores luminosos de timbre o telefonillo. Además de tener discapacidad auditiva, no puede haber sido beneficiario de la misma ayuda pública en los siete años anteriores al de esta convocatoria.

Ayudas para la adquisición de camas articuladas (incluido colchón) y colchones anti escaras. Equipos posturales, elevadores de bañera, sillas especiales de ducha y grúas, Plataforma o salvaescaleras para la vivienda habitual. Además de tener discapacidad, puede haber sido beneficiario de la misma ayuda pública, en lo cinco años anteriores al de esta convocatoria.

Ayudas para la adquisición de Lupas manuales o digitales, con o sin filtros: Gafas prismáticas o gafas de alta graduación (a partir de 6 dioptrías), Termómetro, tensiómetro o glucómetro digital parlante. Deberá acreditar discapacidad visual y no haber sido beneficiario de una ayuda idéntica o similar, de carácter público o privado, en los cinco años anteriores al de esta convocatoria. en el supuesto de las gafas de alta graduación el plazo será de dos años.

Cómo solicitar la ayuda

Las personas interesadas, deberán presentar la siguiente documentación, bien de manera presencial o telemática, en este enlace:

– Libro familia.

– Cuenta bancaria a nombre del interesado, que deberá ser titular o cotitular.

– Un presupuesto actual del coste de la ayuda.

– (no volante) de empadronamiento colectivo actualizado (solicitar en ayuntamiento/ junta de distrito).

– Los documentos acreditativos de la discapacidad.

– Prescripción del profesional que realiza el seguimiento de las limitaciones derivadas de la discapacidad que presenta el solicitante, que acredite la necesidad de utilizar este tipo de dispositivos como apoyo técnico necesario para la discapacidad que presenta el solicitante.

Para presentar la solicitud de manera presencial, se debe solicitar cita previa en cualquiera de los lugares habilitados, que se pueden consultar en este enlace.

Fuente: 20MINUTOS.ES – Discapacidad https://www.20minutos.es/noticia/5118114/0/ya-esta-abierta-la-convocatoria-para-solicitar-las-ayudas-para-el-fomento-de-la-autonomia-de-la-comunidad-de-madrid/

Comments are closed.