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Cómo solicitar el grado de discapacidad o pedir su revisión en Cataluña

Leemos en 20MINUTOS.ES – Discapacidad la siguiente noticia que os reproducimos de forma íntegra:

Tener reconocido un porcentaje de discapacidad no implica que sea para siempre. De hecho, especialmente las primeras veces y en niños pequeños, lo normal es que se tenga que renovar o revisar el grado de discapacidad cada cierto tiempo. También cuando una persona considera que sus circunstancias han cambiado y que el grado que tiene reconocido no se corresponde con su realidad actual, puesto que la discapacidad y las enfermedades que pueden producirla no son lineales y pueden empeorar o mejorar al cabo de los años, especialmente lo segundo.

Tanto si se ha caducado el reconocimiento de la discapacidad como si consideramos que nuestro grado de discapacidad debe ser actualizado, podemos solicitar una revisión, procedimiento que se hace a través de los distintos organismos de las comunidades autónomas.

En la Generalitat de Cataluña, este trámite se realiza a través del Departament de Drets Socials (Departamento de Derechos Sociales) y puede solicitarse sólo cuando haya pasado un mínimo de dos años desde la fecha en qué se dictó la última resolución. Solo podrá solicitarse antes de este plazo en caso de que se acredite un error de diagnóstico o se hayan producido cambios sustanciales en el estado de la persona que lo solicita.

Además, para que sea revisado el grado de discapacidad en Cataluña se deben cumplir los siguientes requisitos:

•Tener algún tipo de discapacidad.

•Tener nacionalidad española o ser extranjero residente en España.

•Estar empadronado en algún municipio de Cataluña.

Cómo se tramita la solicitud

Podemos solicitar una revisión del grado de discapacidad en Cataluña a través de dos vías:

Telemáticamente en este enlace. Para poder hacerlo por esta vía, se necesita o bien el idCAT Móbil (se puede solicitar pinchando aquí) o un certificado digital de persona física (disponible aquí). A través de esta vía, se puede rellenar la solicitud y adjuntar la documentación necesaria. La ventaja de esta opción es que no tienes que desplazarte a ningún espacio físico, pero es cierto que requiere de ciertas habilidades digitales del las que no todo el mundo dispone, especialmente las personas mayores o con determinados tipos de discapacidad.

De manera presencial. Para hacerlo, deberemos imprimir y rellenar esta solicitud y presentarla en los siguientes cualquiera de los siguientes organismos:

En algunos organismos, se requiere una cita previa para presentar la solicitud de revisión del grado de dependencia, por lo que es recomendable llamar por teléfono antes de acudir sin cita o pinchar aquí.

Qué documentación necesitamos para solicitar la revisión

Tanto si optamos por presentar la solicitud de manera presencial como telemática, es necesario adjuntar la siguiente documentación:

•Si el solicitante es menor, el libro de familia.

•Si tiene un tutor legal o un asistente, la resolución administrativa o judicial que lo acredite o, en su caso, la copia de la sentencia de incapacitación.

•Para personas extranjeras: el NIE, el certificado de inscripción en el Registro Central de Extranjeros, carta verde y pasaporte o la Tarjeta de Residente (TIE).

•Copia de los informes médicos, psicológicos o sociales actualizados emitidos que avalen la discapacidad.

•En caso de haberse expedido en otra comunidad autónoma, copia de la resolución de la discapacidad.

Una vez recibida la solicitud, la administración está obligada a responder antes de tres meses. Los técnicos revisarán la documentación presentada y pueden optar, o bien por resolver y actualizar el grado de discapacidad en base a esos informes o bien concertar una cita para que sean los técnicos los que vayan a comprobar el estado del paciente personalmente a su domicilio.

En caso de que no sea necesaria esta visita, el solicitante recibirá directamente, y por correo certificado, una resolución donde se especifica el nuevo grado de discapacidad, si supera el baremo de movilidad o si necesita el apoyo de una tercera persona, así como si esta valoración tiene el carácter definitivo o provisional. Esta resolución vendrá acompañada del dictamen técnico facultativo que ha dado lugar al grado de discapacidad. De ser necesaria la revisión personal, la resolución llegará en el plazo de tres meses después de la visita.

Si no se está de acuerdo con la resolución, se puede presentar una reclamación en el plazo de 30 días a contar desde la fecha de notificación en el Instituto Catalán de Asistencia y Servicios Sociales. Si tras esta reclamación se siguen sin estar de acuerdo, es posible interponer demanda en los Juzgados de lo Social.

Por qué es importante revisar el grado de discapacidad

En caso de que se caduque el grado de discapacidad, es necesario renovarlo si no queremos perder la Tarjeta acreditativa de la discapacidad, que se entrega a las personas que tienen una discapacidad igual o superior al 33%. Además, puede que en esta revisión o bien alcancemos este porcentaje o incluso uno superior el 66%, que tiene más derechos asociados, ya sean económicos, laborales, tarjeta de aparcamiento, y un largo etcétera. Se puede consultar el listado completo de las ventajas que supone tener esta tarjeta en Cataluña aquí.

Fuente: 20MINUTOS.ES – Discapacidad https://www.20minutos.es/noticia/5069181/0/como-solicitar-el-grado-de-discapacidad-en-cataluna/

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