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Las personas ciegas y sordas no podrán contraer matrimonio sin una autorización médica

Leemos en 20minutos la siguiente noticia que os reproducimos de forma íntegra:

20MINUTOS.ES

  • La reforma del artículo 56 del Código Civil fue aprobada el 2 de julio de 2015 y está previsto que entre en vigor el 30 de junio de 2017.
  • Afectados por esta medida han iniciado una campaña de recogida de firmas para exigir al Parlamento que la retire.
  • Desde la ONCE consideran que puede ser inconstitucional, al suponer un trato discriminatorio.

Discapacidad

Si el Parlamento no lo impide, a partir del 30 de junio del año que viene, las personas con «deficiencias mentales, intelectuales o sensoriales» necesitarán un «dictamen médico sobre su aptitud» a la hora de contraer matrimonio. Así lo recoge una polémica modificación del artículo 56 del Código Civil, de la que se ha hecho eco La Provincia.

Entre los afectados por esta medida, aprobada el 2 de julio de 2015, se encuentran las personas sordas y ciegas, algunas de las cuales han iniciado una campaña de recogida de firmas a través del portal Change.org con el objetivo de que sea retirada.

«¡NO a la prohibición de poder casarnos sin un permiso médico! Estamos capacitados para amar, y por ende casarnos, como cualquier persona», clama el texto publicado en la plataforma.

El presidente del Consejo Territorial de la ONCE en Canarias, Miguel Ángel Méndez, califica esta iniciativa de «barbaridad», en declaraciones recogidas por el diario canario. Méndez considera incluso que puede ser inconstitucional, al suponer un trato discriminatorio.

El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi) se ha manifestado en la misma línea y espera que finalmente la norma no entre en vigor «por razonabilidad y sentido común«.

Fuente: 20minutos Las personas ciegas y sordas no podrán contraer matrimonio sin una autorización médica

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